La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado la Resolución General 3966 otorgando una prórroga para generar Formulario572 Web del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG). De esta forma, los trabajadores en relación de dependencia tienen más tiempo para completar el formulario mediante www.afip.gob.ar
Con la presentación del Formulario 572 Web del SIRADIG, los empelados e relación de dependencia informan a su empleador las deducciones del Impuesto a las Ganancias que se le tienen que aplicar y otros ingresos que perciban en caso de tener más de un empleo. Luego de suministrarse dichos datos se aplican las retenciones y devoluciones correspondientes.
Debido a que tienen tiempo para adherirse a los Beneficios para Contribuyentes Cumplidores” hasta el 31 de marzo de 2017, AFIP ha decidido otorgar una prórroga al vencimiento para la presentación del Formulario F-572 WEB para los trabajadores y para la liquidación anual del tributo.
Con dicha prórroga, los nuevos vencimientos para el personal en relación de dependencia son los siguientes:

  • Presentación del F.572 Web: 31 de marzo de 2017.
  • Presentación de Liquidación Anual: 30 de abril de 2017.

Además, la normativa establece que las deducciones de las percepciones de la Resolución General 3819 (operaciones en viajes al exterior pagadas en efectivo) únicamente podrán aplicarse en la liquidación anual o final, según corresponda.

Para poder dar de alta el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” en www.afip.gob.ar, el sujeto debe haber declarado una dirección de e-mail y número de teléfono de contacto. Para acceder es necesario acceder al portal del Fisco Nacional con el CUIT y la Clave Fiscal mediante el servicio “Sistema Registral”, “Registro Tributario” y en las opciones “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.
Fuente: Econoblog